La Educación Religiosa en las Escuelas Públicas

El 8 de marzo de 1948, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos emitió un fallo histórico sobre la educación religiosa en las escuelas públicas, considerándola una violación de la Primera Enmienda de la Constitución.

Ese fallo se centró en el programa de “tiempo de liberación” (Release Time), una práctica que permitía a los niños ausentarse de las actividades escolares regulares durante el horario escolar, con el consentimiento de sus padres, para recibir instrucción religiosa en la propiedad escolar.

La Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos establece, entre otras cosas, que el Congreso no puede hacer ninguna ley respecto al establecimiento de una religión o prohibir su libre ejercicio.

Este principio ha sido interpretado como la base para la separación entre iglesia y estado, buscando evitar que el gobierno se entrometa en asuntos religiosos o promueva alguna religión sobre otras.

El caso en cuestión desafió la práctica de permitir que la educación religiosa formara parte del currículo escolar público de esta manera especial, argumentando que violaba el principio de separación de iglesia y estado al utilizar recursos públicos (como el tiempo escolar y las instalaciones) para promover la instrucción religiosa.

El Tribunal Supremo, al fallar contra la práctica del “tiempo de liberación” para la instrucción religiosa en propiedades escolares públicas, reafirmó la importancia de mantener una clara división entre las instituciones religiosas y el estado.

Este fallo subrayó que incluso con el consentimiento parental, la utilización de recursos escolares públicos para la educación religiosa constituye un apoyo estatal a la religión, lo cual es contrario a los principios fundacionales de neutralidad religiosa del gobierno estadounidense.

Este fallo es significativo porque marca un precedente en la interpretación de la Primera Enmienda en relación con la educación religiosa y la utilización de recursos públicos, reforzando el compromiso del país con el principio de separación entre iglesia y estado y garantizando que las escuelas públicas permanezcan como espacios neutrales en términos religiosos.

Comparte en tus redes


Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *